Muchos viajeros optan en sus vacaciones de verano por contratar a través de páginas de internet
Las personas viajeras cada vez disponen de un mayor número de posibilidades a la hora de planificar sus vacaciones de verano. Entre las múltiples alternativas de alojamiento, una vía plenamente instaurada es el uso de plataformas ‘online’ para el alquiler del alojamiento –desde apartamentos o casas completas hasta sencillas habitaciones individuales–. Se trata de una alternativa a los alojamientos tradicionales como pueden ser los hoteles, apartamentos o los hostales.
La Dirección General de Consumo recuerda que a la hora de recurrir a estas plataformas en internet, las personas usuarias han de tener en cuenta que el tipo de alojamiento turístico ofrecido debe cumplir con la normativa vigente en materia de viviendas turísticas de Andalucía, esto es, el Decreto 28/2016, de 2 de febrero.
Diferentes razones pueden llevar a la persona usuaria a decantarse .por este tipo de plataformas para alquilar un alojamiento, en lugar de otros, por delante de otros alojamientos tradicionales, como por ejemplo, el precio más económico, la posibilidad de elección más pormenorizada del entorno deseado o un contacto más directo con quien ofrece dichos alojamientos.
Además, las plataformas de internet de este ámbito, que actúan como intermediarias entre las personas interesadas y las personas arrendatarias, tienen un funcionamiento, en general, bastante sencillo, que, normalmente, requiere el registro en la web en cuestión y la aceptación por parte de la persona usuaria cualquiera de las ofertas de alojamiento disponibles, mientras que la transacción económica se lleva a cabo a través de la misma plataforma.
Consumo aconseja tener en cuenta una serie de recomendaciones a la hora de contratar este servicio. Ante todo, la persona usuaria tiene que valorar si realmente le conviene este tipo de alojamiento intermediado por dichas empresas, en detrimento de otros establecimientos tradicionales. Debemos recordar que las agencias de viajes son establecimientos profesionales con conocimientos en el sector turístico que pueden ayudar en la elección a la persona consumidora
Es importante comprobar, tanto previamente (antes de pagar) como in situ, que lo ofertado por la propiedad del alojamiento se corresponde con la realidad –por ejemplo, estado de la vivienda y sus elementos, el entorno de la misma, su cercanía a la playa, etcétera–.
Asimismo, se aconseja realizar un examen previo de la plataforma ‘online’ antes de hacer una reserva, leyendo detenidamente las condiciones generales del servicio y comparando precios. Desconfíe de precios ofertados desproporcionadamente bajos, ya que podrían esconder un posible fraude o una manifiesta falta de calidad
Consumo hace hincapié en que siempre se utilicen páginas seguras, comprobando que la dirección de la web (URL) comienza por ‘https’, con el icono de un candado a su izquierda, lo que supone una garantía extra para la persona usuaria. Además, siempre es conveniente guardar todo tipo de facturas, folletos publicitarios, contrato y resto de documentación, por si fuera precisa su aportación en una hipotética reclamación o denuncia. Igual de importante es exigir un contrato por escrito o, al menos, una prueba documental de la contratación efectuada.
Consumo Responde
Ante cualquier duda o consulta en materia de consumo, la ciudadanía puede contactar con Consumo Responde, un servicio gratuito de información y asesoramiento a las personas consumidoras y usuarias, impulsado por la Consejería de Salud y Familias de la Junta de Andalucía. Se trata de un servicio multicanal, al que se puede acceder de forma continuada a través del número de teléfono 900 21 50 80, de la página www.consumoresponde.es, del correo consumoresponde@juntadeandalucia.es; y de los perfiles de Twitter (@consumoresponde), Facebook (www.facebook.com/consumoresponde) e Instagram (@consumoresponde).
También se puede recibir asesoramiento en los Servicios Provinciales de Consumo de las delegaciones territoriales de Salud y Familias presentes en todas las capitales de provincia, así como en las Oficinas Municipales de Información al Consumidor (OMIC) y en las organizaciones de personas consumidoras y usuarias.
Fuente: http://www.juntadeandalucia.es
Source: Noticias en LSE
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