El Parlamento de Andalucía convalida el Decreto Ley que incluye medidas dirigidas a los sectores del Turismo, la Educación y la Cultura
El vicepresidente de la Junta de Andalucía y consejero de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, Juan Marín, ha defendido este miércoles la convalidación del Decreto Ley 15/2020 por el con carácter extraordinario y urgente se establecen diversas medidas dirigidas al sector del turismo, al ámbito educativo y al cultural ante la situación generada por el Covid-19.
En lo que se refiere al Turismo, el Gobierno andaluz pone a disposición del sector, y de otros que se irán incorporando, el distintivo ‘Andalucía Segura’ con el objetivo de ofrecer a los consumidores la garantía de cumplimiento de las normas de la Organización Mundial de la Salud, del Gobierno central y de la Junta de Andalucía sobre el coronavirus. «Está teniendo una aceptación excelente y ya son casi 600 empresas turísticas las que lo tienen, además de 40 playas», ha resaltado Marín.
A traves de esta iniciatava estamos dando seguridad jurídica a los verificadores que comprobaran el cumplimiento de las recomendaciones y medidas citadas.
Además, en el decreto ley aparece una modificación puntual urgente que flexibliza los requisitos para obtener y mantener la declaración de Municipio Turístico de Andalucía. De tal modo, se aumenta el plazo de cuatro a cinco años para revisar los requisitos que motivaron la concesión de la declaración, con lo que se reducirán las cargas administrativas y aleja la revisión de este año 2020.
También se contempla la posibilidad de implementar otras formas de colaboración interadministrativa con los municipios que ya cuentan con la declaración como otorgarles mayor puntuación en los criterios de valoración o mediante la participación en eventuales procedimientos de concesión de subvenciones. «Se trata de dar facilidades a unos municipios que se convierten en verdaderos revulsivos y motores de sus economías».
El Decreto Ley también regula medidas extraordinarias y urgentes en el ámbito de la educación. En cuanto a subvenciones para el curso 2019/20 a entidades públicas, asociaciones de alumnos y de padres y madres, y otras entidades privadas se ha regulado que podrán ser objeto de modificación, a efectos de su adaptación a estas causas sobrevenidas, siempre que se acrediten las circunstancias que la justifiquen y previa modificación de la resolución de concesión.
En el supuesto de que no se hayan podido ejecutar los proyectos subvencionados en su totalidad por causas vinculadas al Covid-19, no se considerará dicho incumplimiento imputable a la entidad, sino proveniente de causa de fuerza mayor.
También se han implantado medidas en las becas gestionadas con recursos propios de la Consejería como son la Beca 6000, Andalucía Segunda Oportunidad (BASO) y Adriano, y que tienen una repercusión de más de 34 millones de euros.
Con este decreto ley, el alumnado que no pudiera cumplir alguno de los requisitos y obligaciones establecidos en la concesión de estas ayudas como consecuencia de la suspensión de la actividad educativa presencial por la pandemia, no se considerará que ha incumplido las obligaciones o condiciones específicas de la beca, por lo que no estará obligado al reintegro, siempre y cuando esté justificado.
De igual modo, en caso de que el alumnado no haya podido ser evaluado de algunos de los módulos, asignaturas, créditos u horas matriculados por causa del Covid-19, esto no será considerado como incumplimiento y se prorroga la posibilidad de acreditar la superación durante el próximo curso 2020/21.
También se han tomado medidas extraordinarios en Formación Profesional. De tal manera que la adjudicación de plazas escolares de FP en oferta parcial diferenciada para alumnado que accede a través de prueba o curso será en septiembre.
En cuanto a la FP Básica, se han flexibilizado los requisitos con el objetivo de que los centros docentes puedan obtener la autorización administrativa para impartir dicha enseñanza.
Desde el punto de vista de la Cultura, se han adoptado dos tipos de medidas. En primer lugar, medidas modificadoras de la convocatoria 2020, que cambian las bases reguladoras de las subvenciones a conceder en el presente ejercicio.
Y, por otro lado, medidas flexibilizadoras que permitan a los beneficiarios de la convocatoria de 2018 un desarrollo y ejecución de la actividad subvencionada lo más compatible posible a la situación actual que es tan adversa.
Estas bases reguladoras cuentan con dos líneas de subvenciones. La primera de ellas, con un importe de un millón de euros, busca la incorporación de las empresas culturales al ámbito digital a través de las nuevas tecnologías. La segunda, de dos millones de euros, está destinada a promover el crecimiento y la consolidación de las empresas culturales y creativas, fomentando su competitividad y mejorando la comercialización de sus productos y servicios. El objetivo es que, a través de subvenciones en concurrencia competitiva, las pymes culturales y creativas logren más competitividad, modernidad e internacionalización.
Por último, la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio ha incluido en este Decreto Ley una modificación de la LOUA, Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía. La propuesta contribuye al desarrollo rural en el contexto de la crisis económica sobrevenida al Covid-19 sin comprometer los valores del suelo que se encuentran protegidos, al permitir la implantación de nuevas actividades productivas con capacidad para diversificar la economía y generar empleo en el medio rural.
Fuente: http://www.juntadeandalucia.es